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Grupos voluntarios

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Te invitamos a sumarte de manera formal a las actividades del Sistema Nacional de Protección Civil, regístrate como grupo voluntario legalmente constituido en el Padrón que opera la Dirección de Concertación Sectorial de la Dirección General de Protección Civil, SEGOB conforme lo establecen los artículos 22 y 25 de la Ley General de Protección Civil.

Para el caso de los grupos de carácter nacional o regional que deseen registrarse ante la Secretaría de Gobernación, deben cubrir los siguientes requisitos:


  • Presentar solicitud en escrito libre ante la Dirección General de Protección Civil, firmada por el presidente o representante legal del grupo, y anexar.
  • Copia simple de acta constitutiva, notariada.
  • Directorio de integrantes, donde se identifique, además del presidente y/o representante legal, a su enlace operativo.
  • Inventario de recursos materiales según su especialidad.
  • Memoria de actuación del grupo en los dos últimos años que avale su participación en la atención de emergencias o desastres.
 
Última modificación:
Lunes 14 de octubre de 2013 a las 12:32:22